Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

Secretaría General de Transportes Aéreo y Marítimo

  1. Corresponde a la Secretaría General de Transportes Aéreo y Marítimo, con rango de subsecretaría, bajo la superior dirección del titular de la Secretaría de Estado, la ordenación general del transporte marítimo y aéreo de competencia estatal en orden a garantizar una movilidad segura y sostenible, basada en criterios de justicia social y, en particular, el ejercicio de las siguientes funciones:
    1. La dirección y coordinación del ejercicio de las competencias de las direcciones generales dependientes de la Secretaría General y la propuesta y formulación de sus objetivos y planes de actuación.
    2. La asistencia a la Secretaría de Estado en la supervisión de los programas de actuación plurianual y de la gestión de los organismos y entidades adscritos a la misma.
    3. El control de la ejecución de los proyectos de inversión de las direcciones generales dependientes de la Secretaría General en orden a la consecución de los objetivos fijados y el impulso de los procedimientos de contratación y gestión.
    4. La adopción de los planes de evaluación del rendimiento del sistema de navegación aérea y aeropuertos en el ámbito de las políticas nacionales y comunitarias, así como el seguimiento de los objetivos a través de los organismos públicos dependientes de la Secretaría General.
    5. La coordinación de la participación de los órganos directivos pertenecientes a la Secretaría General de Transportes Aéreo y Marítimo en el desarrollo y aplicación de la normativa comunitaria e internacional en materia de transportes aéreo y marítimo.
    6. La propuesta de los servicios mínimos de carácter obligatorio para asegurar la prestación de los servicios esenciales de transporte aéreo y marítimo.
    7. El seguimiento y supervisión de la gestión de los instrumentos económicos y ayudas destinadas a promover la movilidad sostenible, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos.
    8. El impulso de medidas dirigidas a la lucha contra el cambio climático, el ahorro energético y la mejora de la eficiencia de los servicios de transporte aéreo y marítimo, sin perjuicio de las competencias de otros departamentos.
    9. El impulso y coordinación de las iniciativas en materia de perspectiva de género en el ámbito del transporte aéreo y marítimo, sin perjuicio de las competencias de otros órganos del Departamento, y las de las Direcciones Generales dependientes, y en el marco de los planes promovidos por este.
    10. La gestión de las actuaciones que la normativa vigente asigna al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible relativas a las bonificaciones al transporte de mercancías con los territorios no peninsulares.
  2. De la Secretaría General de Transportes Aéreo y Marítimo dependen los órganos directivos siguientes:
    1. La Dirección General de Aviación Civil.
    2. La Dirección General de la Marina Mercante.
  3. Directamente dependiente del titular de la Secretaría General existe un Gabinete Técnico como órgano de coordinación, apoyo y asistencia inmediata a dicho titular, con nivel orgánico de subdirección general.
  4. Como supervisor del sector aéreo, está adscrita al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, a través de la Secretaría General de Transportes Aéreo y Marítimo, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), con autonomía funcional para el ejercicio de sus funciones.
  5. Está adscrita a la Secretaría General de Transportes Aéreo y Marítimo, bajo la superior dirección del titular de la Secretaría de Estado, la entidad pública empresarial Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima (SASEMAR), a través de la Dirección General de la Marina Mercante.
  6. Está adscrita a la Secretaría General de Transportes Aéreo y Marítimo la Comisión Nacional de Salvamento Marítimo, a través de la Dirección General de la Marina Mercante.